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RESOLUCION MISCELANEA 2025

Resolución Miscelanea Fiscal 2025
3. Impuesto sobre la renta
Capítulo 3.13. Del Régimen Simplificado de Confianza
REGLA DESCRIPCION  
3.13.1. Opción para presentar el aviso de inscripción en el RFC en el Régimen Simplificado de Confianza
3.13.2. Reanudación y actualización para tributar en el Régimen Simplificado de Confianza
3.13.3. Ejercicio de la opción por el total de las actividades
3.13.4. Ingresos extraordinarios que no se consideran en el límite máximo para tributar en el Régimen Simplificado de Confianza
3.13.5. Determinación del ISR cuando los contribuyentes dejen de tributar conforme al Régimen Simplificado de Confianza
3.13.6. Cumplimiento de obligaciones fiscales en poblaciones o zonas rurales, sin servicios de Internet
3.13.7. Pagos mensuales del Régimen Simplificado de Confianza de personas físicas
3.13.8. Cumplimiento de obligaciones para contribuyentes del Régimen Simplificado de Confianza que además obtienen ingresos de los señalados en los Capítulos I y VI del Título IV de la Ley del ISR
3.13.9. Contribuyentes que pueden tributar en el Régimen Simplificado de Confianza para personas físicas
3.13.10. Exención para presentar las declaraciones mensuales y la anual para las personas físicas que se dediquen exclusivamente a las actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras con ingresos exentos
3.13.11. Pago del impuesto por ingresos obtenidos por actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras
3.13.12. Contribuyentes que no podrán tributar en el RIF
3.13.13. Opción para no proporcionar el comprobante fiscal de retenciones
3.13.14. Entero de retenciones realizadas a las personas físicas del Régimen Simplificado de Confianza
3.13.15. Aplicación de porcientos máximos para la determinación de la deducción de inversión cuando rebasen de tres millones de pesos de inversión
3.13.16. Pagos provisionales del Régimen Simplificado de Confianza de las personas morales
3.13.17. Facilidades para personas físicas y morales que tributen conforme a la Sección IV, del Capítulo II, Título IV y Capítulo XII, Título VII de la Ley del ISR
3.13.18. Acreditamiento del IVA por contribuyentes del Régimen Simplificado de Confianza para personas físicas
3.13.19. Pago de IVA del Régimen Simplificado de Confianza
3.13.20. Opción de realizar actividades en copropiedad en Régimen Simplificado de Confianza
3.13.21. Opción de nombrar representante común en copropiedad en Régimen Simplificado de Confianza
3.13.22. Validación de requisitos por autoridad para el Régimen Simplificado de Confianza
3.13.23. Expedición del CFDI a contribuyentes del Régimen Simplificado de Confianza por enajenaciones realizadas durante el mes
3.13.24. Excepción de pago por ingresos obtenidos por actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras
3.13.25. Obtención de ingresos por pensiones y jubilaciones para tributar en el Régimen Simplificado de Confianza
3.13.26. Excepción para las personas morales de retener a las personas físicas dedicadas a las actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras, que se encuentren exentas
3.13.27. Contribuyentes que dejan de tributar en el Régimen Simplificado de Confianza de Personas Morales
3.13.28. Actualización de obligaciones por no cumplir con los requisitos para seguir tributando en el Régimen Simplificado de Confianza de Personas Morales
3.13.29. Cancelación de CFDI global del Régimen Simplificado de Confianza
3.13.30. Reanudación de actividades en el RFC de contribuyentes inactivos suspendidos del Régimen Simplificado de Confianza
3.13.31. Personas morales del Régimen Simplificado de Confianza en liquidación
3.13.32. Plazo para habilitar el buzón tributario en el Régimen Simplificado de Confianza
3.13.33. Plazo para generar o renovar la e. firma en el Régimen Simplificado de Confianza
3.13.34. Devolución de saldos a favor del ISR del Régimen Simplificado de Confianza de personas físicas
3.13.35. Inventario de mercancías, materias primas, productos semiterminados o terminados pendientes de deducir
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